MEDIOCRIDAD Y NEGACIÓN: LAS LEYES SI PERMITEN LA AMNISTĺA

 

Hace unos días, a partir de una propuesta internacional de la Unión Europea para la liberación de presos políticos, fundamentalmente de las protestas del 11J, el Ministro de Justicia, Oscar Manuel Silveira Martínez, en una comparecencia pública a tenor de esa posibilidad y en evidente discordancia con otros decisores y con las leyes cubanas, vertió unas serie de argumentos opacos, mediocres y temerosos que demuestra su falta de compromiso con el cargo que desempeña, profesionalidad y dependencia ideológica en detrimento de su apego a la Constitución y las Leyes. Sus palabras fueron…. “Las Leyes cubanas no permiten la posibilidad de Amnistía….”

 

Es oportuno recordarle a dicho funcionario y quienes lo apoyaron o no lo disintieron que en la Legislación cubana SÍ existen varias normas jurídicas que establecen y cambian el estado judicial, penal o reclusión de personas involucradas en procesos penales o sancionados  penitenciariamente. A saber:

 

Primero: Constitución de la República—Facultades del Presidente del país, artículo 128 inciso u) Conceder Indultos y Solicitar Amnistías a la ANPP.

 

Segundo: Ley 136/2020 “Ley del Presidente y Vicepresidente”—artículo23 u) Conceder Indultos y Solicitar Amnistías a la ANPP.

 

Tercero: Ley 151/2021 Código Penal—Sanciones principales:…..

  1. d) reclusión domiciliaria.
  2. e) Trabajo Correccional sin Internamiento.
  3. f) Servicio en beneficio a la comunidad.
  4. g) Limitación de libertad.
  5. h) Multa.
  6. i) Amonestación.

 

Cuarto: Instrucción No 274 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (CGTSP), “Sobreseimiento de las actuaciones a delitos erradicados en el nuevo Código penal”, (conducta pre-delictivas).

 

Quinto: Instrucción especial No 13 de noviembre de 2022, del CGTSP, “Libertad condicional para residentes en el exterior y posibilidad de salida del país”.

 

Vivir en negación y enajenados de la realidad es una práctica de funcionarios cubanos llamados a prevalecer la Justicia y un Estado de Derecho, por encima de ideologías e inmovilismo, principalmente los designados por la Constitución para ello, como Fiscalía, Ministerio de Justicia y Tribunal Supremo.

 

La Habana,  febrero/2023

Lic. Edilio Hernández  H. Grupo Jurídico de Ayuda Ciudadana.

 

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