El pasado 30 de noviembre fue liberado mediante una licencia extrapenal el preso de conciencia Silverio Portal Contreras. En el Auto del Tribunal Municipal de la Habana Vieja que autoriza este tipo de excarcelación anticipada, refiere el día de su presentación ante el Juez de Ejecución, 15 de diciembre 2020, para establecer su status legal durante su libertad y las condiciones o requisitos, como los de la ubicación laboral o atención médica, que ocurrirían durante el tiempo que dure esa excarcelación. No obstante, el hostigamiento, la persecución y ensañamiento continúan de formas sutiles o directas entre del entramado militar y la mediocre burocracia de los tribunales cubanos, manifestado en la primera visita de Silverio (15 de diciembre) ante el mencionado Juez de ejecución del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana.
- El Juez de ejecución le ocupa a Silverio los documentos de su libertad, Auto del Tribunal y Constancia del egreso de la Prisión 1580 de la Habana, alegando que aún no había recibido el expediente con los detalles de su caso.
- Violación de la Instrucción 201 del 2010 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular(GO No. 51 del 2010), RESUELVO OCTAVO: “… El Tribunal que dicte la resolución remitirá al Juez de Ejecución del municipio en que conste domiciliado el sancionado o asegurado: copia de la sentencia y, en su caso, del auto que disponga el beneficio de excarcelación anticipada; liquidación de sanción o medida de seguridad aprobada o, en los casos que no se remita, el tiempo de detención preventiva, de prisión provisional o de cumplimiento de la sanción o medida de seguridad que haya sufrido el sujeto de control y la constancia del mandamiento para presentarse ante el Juez de Ejecución, así como otros documentos que se estimen necesarios. Cuando no fuere posible o resulte complicado en exceso enviar la copia de la sentencia dictada, se remitirá una certificación….”. “…La remisión se hará en el plazo más breve posible de forma que el Juez de Ejecución los tenga en su poder cuando efectúe la comparecencia…”
UNDÉCIMO: Por cada sancionado o asegurado se conformará un expediente que se identificará con el número de radicación, nombre(s) y apellidos del sancionado o asegurado, delito cometido, objeto de control, fechas de comienzo y extinción, y otros datos que se estimen necesarios para la adecuada identificación del asunto o los criterios de clasificación judicialmente útiles.
- Este Juez cometiendo abuso de autoridad, coacción y prevaricación en estos actos, también le exigió a Silverio domiciliarse en el Rpto Alamar, donde viven sus hermanas y no en casa de su esposa Lucinda González, su lugar de residencia habitual, evidentemente para dañar su estabilidad psíquica y emocional rompiendo el vínculo amoroso y patriótico que mantienen hace años juntos.
- Violación de la Instrucción 201 del 2010 del CGTSP, pues en ninguno de sus RESUELVOS expresa la obligación de residir en otra dirección que no sea la que habitualmente mantiene.
- Violación del artículo 82 de la Constitución. “El matrimonio es una institución social y jurídica”…. “Se reconoce, además, la unión estable y singular con aptitud legal, que forme de hecho un proyecto de vida en común…” y
- Violación del artículo 52. Las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley…”
- Violación de la De la Declaración Universal de DD.HH. artículo 13 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Ahora Silverio está en espera de su carne de identificación para comenzar las consultas y tratamientos médicos correspondientes por su agravada salud en las Prisiones cubanas.
Estaremos atentos,
Lic. Edilio Hernández Herrera.
La Nueva República
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