Hostigamiento y persecución continúan contra Silverio Portal Contreras

El Lic. Edilio Hernández Herrera y Silverio Portal Contreras

El pasado 30 de noviembre fue liberado mediante una licencia extrapenal el preso de conciencia Silverio Portal Contreras. En el Auto del Tribunal Municipal de la Habana Vieja que autoriza este tipo de excarcelación anticipada, refiere el día de su presentación ante el Juez de Ejecución, 15 de diciembre 2020, para establecer su status legal durante su libertad y las condiciones o requisitos, como los de la ubicación laboral o atención médica, que ocurrirían durante el tiempo que dure esa excarcelación.  No obstante, el hostigamiento, la persecución y ensañamiento continúan de formas sutiles o directas entre del entramado militar y la mediocre burocracia de los tribunales cubanos, manifestado en la primera visita de Silverio (15 de diciembre) ante el mencionado Juez de ejecución del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana.

 

  • El Juez de ejecución le ocupa a Silverio los documentos de su libertad, Auto del Tribunal y Constancia del egreso de la Prisión 1580 de la Habana, alegando que aún no había recibido el expediente con los detalles de su caso.
  • Violación de la Instrucción 201 del 2010 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular(GO No. 51 del 2010), RESUELVO OCTAVO: “… El Tribunal  que  dicte  la  resolución remitirá al Juez de Ejecución del municipio en que conste  domiciliado  el  sancionado  o  asegurado: copia  de  la  sentencia  y,  en  su  caso,  del  auto  que disponga  el  beneficio  de  excarcelación  anticipada; liquidación  de  sanción  o  medida  de  seguridad aprobada o, en los casos que no se remita, el tiempo  de  detención  preventiva,  de  prisión  provisional o de cumplimiento de la sanción o medida de seguridad  que  haya  sufrido  el  sujeto  de  control  y  la constancia  del  mandamiento  para  presentarse  ante el  Juez  de  Ejecución,  así  como  otros  documentos que se estimen necesarios. Cuando no fuere posible o  resulte  complicado  en exceso  enviar  la  copia  de la  sentencia  dictada,  se  remitirá  una  certificación….”. “…La remisión se hará en el plazo más breve posible de forma que el Juez de Ejecución los tenga en su poder cuando efectúe la comparecencia…”

UNDÉCIMO: Por  cada  sancionado  o  asegurado  se  conformará  un  expediente  que  se  identificará  con  el  número  de  radicación,  nombre(s)  y apellidos  del  sancionado  o  asegurado,  delito  cometido,  objeto  de  control,  fechas  de  comienzo  y extinción,  y  otros  datos  que  se  estimen  necesarios  para  la  adecuada  identificación  del  asunto o los criterios de clasificación judicialmente útiles.

 

  • Este Juez cometiendo abuso de autoridad, coacción y prevaricación en estos actos, también le exigió a Silverio domiciliarse en el Rpto Alamar, donde viven sus hermanas y no en casa de su esposa Lucinda González, su lugar de residencia habitual, evidentemente para dañar su estabilidad psíquica y emocional rompiendo el vínculo amoroso y patriótico que mantienen hace años juntos.

 

  • Violación de la Instrucción 201 del 2010 del CGTSP, pues en ninguno de sus RESUELVOS expresa la obligación de residir en otra dirección que no sea la que habitualmente mantiene.
  • Violación del artículo 82 de la Constitución. “El matrimonio es una institución social y jurídica”…. “Se reconoce, además, la unión estable y singular con aptitud legal, que forme de hecho un proyecto de vida en común…” y
  • Violación del artículo 52. Las personas  tienen  libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley…”
  • Violación de la De la Declaración Universal de DD.HH. artículo 13 1. Toda persona  tiene  derecho  a  circular  libremente  y  a  elegir  su  residencia  en  el territorio de un Estado.

 

Ahora Silverio está en espera de su carne de identificación para comenzar las consultas y tratamientos médicos correspondientes por su agravada salud en las Prisiones cubanas.

 

Estaremos atentos,

Lic. Edilio Hernández Herrera.

 

 

La Nueva República

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